El Servicio Social Universitario.
Según la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, de la República Bolivariana de Venezuela, Gaceta Oficial N° 38.272 del 14-09-05, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de Educación Superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.
El Servicio Social es una actividad de carácter temporal y obligatoria que institucionalmente ejecutan y prestan los estudiantes de Educación Superior en beneficio de la sociedad y del Estado.
Es temporal debido a que se realiza desarrollando actividades que se estiman en horas de trabajo efectivas cumplidas en determinados períodos de tiempo. Es obligatoria debido a que consigna e
sta responsabilidad en algunas leyes de determinados países.
El servicio comunitario tiene como fines:
- Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.
- Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.
- Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.
- Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana.
- Formar, a través del aprendizaje servicio, el capital social en el país.
Para la actividad del jueves 07 de Mayo de 2009, es necesario que realicen la lectura del material que será enviado a su correo electrónico, y que además de ello, realice un comentario, en el que analice un artículo de Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior... El comentario puede ser tan extenso como lo considere necesario, colocando primero a que articulo se hace referencia y luego el análisis que haga del mismo. Tendrá un valor de 2% y que será añadido al valor del examen. (No se aceptaran c
omentario después del día 16 de Mayo de 2009, sin excepción)
